¿Qué es la Violencia Política contra las mujeres en Razón de Género?

Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.

Guía para Identificar la Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género

¿Dónde?
En el ámbito público o privado.
¿Cuándo?
En el marco del ejercicio de los derecho político-electorales.
¿Cómo?
A través de violencia física, sexual, psicológica, económica,
patrimonial, simbólica, digital o feminicida.
¿Quién?
Cualquier persona o grupo de personas. Agentes estatales, superiores
jerárquicos, colegas de trabajo, dirigentes de partidos políticos,
militantes, simpatizantes, precandidatas o precandidatos,
candidatas o candidatos, medios de comunicación y sus integrantes.
¿Qué hacer en caso de violencia política contra las mujeres?
Si eres víctima de violencia política contra las mujeres en razón de género, puedes contactar a los módulos de orientación del Observatorio de la Participación Política de las Mujeres en Nuevo León. En ellos recibirás información, orientación, y en su caso, serás canalizada a la institución competente para atender tu caso.
Conoce las principales actividades de los módulos de orientación:
1. Informar
  • Difundir las actividades, servicios y los alcances de los módulos de orientación.
  • Informar sobre las atribuciones de las distintas autoridades sujetas al protocolo.
  • Señalar los elementos necesarios para identificar cuándo se trata de un acto de violencia política contra las mujeres en razón de género.
  • Brindar información clara y precisa a las personas.
  • Dar a conocer los derechos de las víctimas.
2. Orientar
  • Escuchar a las víctimas sin discriminación y con perspectiva de género, sin poner en duda su testimonio o imponerle la carga de la culpa del suceso.
  • Orientar a las víctimas en la preparación de los elementos mínimos para realizar el trámite en las instituciones competentes.
  • Actualizar y contar con los elementos necesarios para brindar la orientación pertinente, tales como los procedimientos, requisitos y formatos de cada institución.
3. Canalizar
  • Canalizar a las víctimas con las autoridades competentes de brindar atención médica, psicológica o asesoría jurídica, en caso de que así lo requieran.
  • Canalizar a las víctimas con las autoridades competentes en atender la queja o denuncia, en caso de que así lo requieran.
  • Dar aviso y contactar a las autoridades competentes a fin de dar una atención inmediata. En caso de ser competencia federal, canalizar a las autoridades identificadas en el protocolo nacional.
4. Registrar casos de violencia política contra las mujeres
  • Las partes a que se refiere el apartado 5.1 deberán realizar un registro de los casos que hayan recibido o canalizado a través de los módulos de orientación, información que deberá remitirse mensualmente a la institución que presida el Observatorio de la Participación Política de las Mujeres en Nuevo León, la cual será responsable de concentrar estos datos. El registro de casos deberá contener los elementos establecidos en el punto 5.3. del presente Protocolo.
  • Elaborar y publicar en la página web del Observatorio un informe anual y por cada proceso electoral sobre los casos de violencia política contra las mujeres en razón de género que se hayan presentado en los módulos de orientación. Este informe no brindará datos personales o información que pueda vulnerar a las víctimas.
Contacto

Si eres víctima de violencia política en razón de género o conoces a alguien que lo sea, no olvides que puedes llamar o contactar a los módulos de orientación para recibir información y orientación:

  8112331473   orientacion@   ObsMujeresNL   ObsMujeresNL
Instituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana

Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León

Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León

Unidad de Prevención, Investigación y Combate a la Violencia de Género del Poder Judicial del Estado de Nuevo León