Es toda acción u omisión, incluida la tolerancia, basada en elementos de género y ejercida dentro de la esfera pública o privada, que tenga por objeto o resultado limitar, anular o menoscabar el ejercicio efectivo de los derechos políticos y electorales de una o varias mujeres, el acceso al pleno ejercicio de las atribuciones inherentes a su cargo, labor o actividad, el libre desarrollo de la función pública, la toma de decisiones, la libertad de organización, así como el acceso y ejercicio a las prerrogativas, tratándose de precandidaturas, candidaturas, funciones o cargos públicos del mismo tipo.
En materia de derechos político-electorales, el estado mexicano cuenta con una serie de obligaciones derivadas de los tratados internacionales de los que forma parte, así como de la constitución política de los estados unidos mexicanos y las leyes que ella emana.
Si eres víctima de violencia política en razón de género o conoces a alguien que lo sea, no olvides que puedes llamar o contactar a los módulos de orientación para recibir información y orientación:
8112331473 orientacion@ ObsMujeresNL ObsMujeresNLInstituto Estatal Electoral y de Participación Ciudadana |
Fiscalía Especializada en Delitos Electorales del Estado de Nuevo León |
Fiscalía General de Justicia del Estado de Nuevo León |
Tribunal Electoral del Estado de Nuevo León |
Comisión Ejecutiva Estatal de Atención a Víctimas |
Comisión Estatal de Derechos Humanos Nuevo León |
Unidad de Prevención, Investigación y Combate a la Violencia de Género del Poder Judicial del Estado de Nuevo León |
Instituto Estatal de las Mujeres |