Retiro de Propaganda Electoral

Propanda.
 
Propanda.

Conforme al Artículo 136 de la Ley Estatal Electoral, todos los partidos políticos u organizaciones políticas tienen la obligación de retirar su propaganda electoral de los lugares públicos dentro de un plazo de treinta días después de celebradas las elecciones; en caso contrario, la Comisión Estatal Electoral acordará el retiro de la propaganda y la limpieza del lugar donde se colocó, con cargo a las partidas del financiamiento público del partido político que corresponda.

En virtud de lo anterior, y con la finalidad de cumplimentar lo establecido por la Ley Electoral del Estado de Nuevo León, este organismo electoral llevó a cabo el retiro de la propaganda electoral de los partidos políticos contendientes en el pasado Proceso Electoral de julio de 2006 en todo el Estado, un proceso que se efectuó en dos etapas:

  • Primera etapa. La primera fase comenzó el 10 de julio del año de la elección, cuando la Comisión Estatal Electoral, a fin de atender la solicitud y reclamo de la ciudadanía y con la aprobación de los partidos políticos, se dio a la tarea de iniciar el retiro de propaganda electoral a través de personal adscrito a la Dirección de Organización y Estadística Electoral, así como con el apoyo de las Secretarías de Ayuntamientos de los diferentes Municipios del Estado. Esta primera etapa concluyó el 10 de agosto logrando retirar aproximadamente el 50% de la propaganda electoral de las diferentes campañas realizadas por los partidos políticos y coaliciones en el Estado.
  • Segunda etapa. La segunda fase del retiro de la propaganda electoral tuvo inicio el día 11 de agosto de 2006 y, a pesar de que continuaba el apoyo de las Secretarías de Ayuntamientos y del personal del propio organismo, la Comisión Estatal Electoral contrató el servicio de diferentes proveedores a fin de acelerar el proceso. El costo del servicio fue con cargo al financiamiento público de los partidos políticos; adicionalmente, este organismo electoral, a través de los medios masivos de comunicación, solicitó a la ciudadanía en general reportar la propaganda que aún se encontrara instalada en la vía pública, asignando un número telefónico para la recepción de llamadas, procediendo al retiro de ese material a través de las empresas contratadas.
PARTIDO POLÍTICO MISODI PUBLICIDAD, S.A. DE C.V. ANUNCIOS LUMINOSOS TOTAL DE PENDONES COSTO TOTAL A CARGO DE LA CEE A CARGO DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS
pendones por partido costos por partido** pendones por partido costos por partido***
PAN 5.675 $62.425,00 398 $875,60 6.073 $63.698,60 $22.560,80 $41.137,80
Coalición Alianza por México 28.743 $316.173,00 849 $1.867,80 29.592 $318.889,80 $112.162,40 $206.727,40
Alternativa Socialdemocrata y Campesina 681 $7.491,00 11 $24,20 692 $7.526,20 $2.648,80 $4.877,40
Convergencia, Partido Politico Nacional 3.104 $34.144,00 85 $187,00 3.189 $34.416,00 $12.108,00 $22.308,00
Coalición “Por el bien de todos” 24.35 $267.850,00 529 $1.163,80 24.879 $269.542,80 $94.689,00 $174.853,80
Nueva Alianza 6.028 $66.308,00 418 $919,60 6.446 $67.645,60 $23.938,20 $43.707,40
Partido Republicano 572 $6.292,00 0 $0,00 572 $6.292,00 $2.200,00 $4.092,00
CEE 1.418 $15.598,00 0 $0,00 1.418 $15.598,00 $15.598,00 $0,00
Sociedad en Movimiento 0* $0,00 3 $6,60 3 $6,60 $6,60 $0,00
TOTAL 70.571 $776.281,00 2.293 $5.044,60 72.864 $783.615,60 $285.911,80 $497.703,80

COSTOS MÁS IVA
* Misodi no cobro los pendones retirados de sociedad en movimiento siendo el monto de $572.00 Más iva
Costos unitarios por pendón:
** Misodi publicidad cobra $11.00 Más iva
*** Anuncios luminosos cobra $2.20 Más iva


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