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Financiamiento privado
Además del financiamiento público que reciben los partidos,
éstos conforman sus ingresos con aportaciones de carácter
privado:
• Financiamiento de la militancia:
Conformado por las cuotas ordinarias y extraordinarias de sus afiliados;
y por las cuotas voluntarias y personales que los candidatos aporten exclusivamente
para sus campañas, establecidas en forma libre por la dirigencia
u órganos competentes de cada partido político.
• Financiamiento de simpatizantes:
Integrado por las aportaciones o donativos, en dinero o en especie, otorgadas
a los partidos políticos, en forma libre y voluntaria por personas
físicas o morales mexicanas con residencia en el país.
• Autofinanciamiento: Se integra
por los ingresos obtenidos de la organización de actividades con fines
promocionales, tales como congresos, conferencias, espectáculos, rifas
y sorteos, eventos de tipo cultural o académico, ventas editoriales, venta
de bienes y de propaganda utilitaria, así como cualquiera otra similar
que se realice con el fin de reunir fondos.
• Financiamiento por rendimientos
financieros: En el cumplimiento de sus objetivos, los partidos políticos
pueden obtener sus ingresos mediante la creación de fondos, fideicomisos
y figuras financieras similares, con su patrimonio o con las aportaciones
adicionales que reciban. .
Las aportaciones en dinero provenientes de cada persona física
o moral tendrán un límite anual que será determinado
por la Comisión Estatal Electoral tomando en consideración
los límites que para tal efecto determine en cantidad líquida
el organismo electoral federal.
(Art. 51 Fracción II, inciso B, Ley Electoral
del Estado de Nuevo León)
Año 2001
Instituto
Federal Electoral |
Comisión Estatal
Electoral |
Monto máximo
que cada partido político podrá recibir en el año
2001 por aportaciones en dinero de simpatizantes, la cantidad de
$ 220,656,976.32
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Monto máximo
$ 18,133,671.94
Acuerdo Aprobado en Sesión Ordinaria del 26 de Marzo del 2001
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Monto máximo
que cada persona física o moral facultada para ello podrá
aportar durante el año 2001, en dinero o en especie a un partido
político, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades
la cantidad de $ 1,103,284.89
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Monto máximo
$ 906,683.60
Acuerdo Aprobado en Sesión Ordinaria del 26 de Marzo del 2001
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(Art. 51 Fracción II, inciso B, Ley Electoral del Estado de Nuevo
León)
Año 2002
Instituto
Federal Electoral |
Comisión Estatal
Electoral |
Monto máximo
que cada partido político podrá recibir en el año
2002 por aportaciones en dinero de simpatizantes, la cantidad de
$ 230,365,882.40
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Monto máximo
$ 9,488,891.54
Acuerdo Aprobado en Sesión Ordinaria del 29 de Julio del 2002 |
Monto máximo
que cada persona física o moral facultada para ello podrá
aportar durante el año 2001, en dinero o en especie a un partido
político, ya sea en una sola exhibición o en parcialidades
la cantidad de $ 1,103,284.89
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Monto máximo
$ 474,444.57
Acuerdo Aprobado en Sesión Ordinaria del 29 de Julio del 2002
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